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Order (Auto)March 20, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Eps Sanitas Sa·Respondent Administradora De Los Recursos Del Sistema General Seguridad Social En Salud Adres Y Otros

✓
Topic · hard data
Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Configuración De Cosa Juzgada
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 22 Laboral del Circuito de Bogotá D.C. y el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de la misma ciudad.

La causa de la controversia consiste en demanda de reparación directa instaurada por la EPS Sanitas, contra la Nación - Ministerio de Salud y Protección Social, a través de la cual pretende que se declare la responsabilidad de las demandadas, con ocasión de la falta de reconocimiento y pago de solicitudes de recobro por concepto del suministro o provisión de terapias y servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS) – hoy Plan de Beneficios en Salud (PBS) –, suministradas y cubiertas por la entidad a sus afiliados, y que fueron glosadas o no reconocidas por la demandada.

Al verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el asunto fue conocido por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura mediante auto proferido el 23 de junio de 2015, de tal manera que se puso fin al conflicto suscitado en el caso en cuestión e hizo tránsito cosa juzgada, lo que impide volver sobre lo que ya fue decidido.

Por lo expuesto, la Corte decide estarse a lo resuelto en el auto ya proferido y resuelve remitir el expediente al Juzgado 22 Laboral del Circuito de Bogotá D.C. para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los sujetos procesales e interesados y al Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de la misma ciudad.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. ESTARSE A LO RESUELTO por el Consejo Superior de la Judicatura en el Auto del 23 de junio de 2015, en el cual se decidió que la competencia para conocer de este asunto correspondía a la jurisdicción laboral, específicamente, al Juzgado 22 Laboral del Circuito de Bogotá D.C.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General REMITIR el expediente CJU-4930 al Juzgado 22 Laboral del Circuito de Bogotá D.C. para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los sujetos procesales e interesados y al Juzgado
  3. Sexto. Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.